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Publicado el 26 Jul 2025

Conductor de camión

Truck Driver

$26.80  la hora
Tipo de visa: H-2A
Del 7 Oct 2024 al 31 Ene 2025

Employer

Ninguna reseña

298 Cotton Gin Lane
Brooklet, GA 30415
Estados Unidos

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Acerca del empleo

Inspeccionar y mantener su camión modular apto para circular. Conducir en carreteras y caminos públicos en toda nuestra área de servicio. Recoger, entregar y descargar módulos de algodón en las instalaciones de Bulloch Gin. Las alergias a la ambrosía, la vara de oro, las abejas melíferas, los insecticidas, los herbicidas, los fungicidas o los productos químicos relacionados pueden afectar la capacidad de un trabajador para realizar el trabajo. Las personas que buscan empleo en este puesto deben estar disponibles durante todo el período solicitado por el empleador. El empleador se reserva el derecho de despedir a un trabajador obviamente no calificado, un simulador o un trabajador recalcitrante que sea físicamente capaz pero no esté dispuesto a realizar el trabajo necesario para que el empleador cultive un producto de primera calidad, o por cualquier otra razón legal. El empleador puede solicitar, pero no exigir, que los trabajadores trabajen más de las horas diarias establecidas y/o en el día de reposo o feriados federales de un trabajador. El trabajador debe presentarse a trabajar a la hora y lugar designados todos los días. El horario de trabajo diario o semanal puede variar debido al clima, la luz solar, la temperatura, las condiciones del cultivo y otros factores. El empleador notificará a los trabajadores sobre cualquier cambio en la hora de inicio. Los trabajadores tendrán un descanso para almorzar pagado. Habrá dos turnos durante todo el contrato. El primer turno comenzará a las 7:00 a. m. y terminará a las 7:00 p. m., de lunes a sábado. El segundo turno comenzará a las 7:00 p. m. y terminará a las 7:00 a. m., de lunes a sábado. TERMINACIÓN. Antes de cualquier despido por causa justificada, el empleador evalúa el desempeño de los trabajadores en las tareas requeridas y el cumplimiento de las Reglas de trabajo y otras políticas del empleador. El empleador puede despedir a un trabajador por causa justificada si el desempeño del trabajador no satisface de manera constante y/o sustancial las expectativas razonables del empleador (de acuerdo con los criterios establecidos en este documento), o si de otro modo incurre en una mala conducta grave o atroz que pone en peligro la salud, la seguridad o la propiedad. Al evaluar si el desempeño de los trabajadores cumple con las expectativas razonables, el empleador evalúa, entre otros criterios razonables, si el trabajador: (1) ha cumplido adecuadamente con las Reglas de trabajo y cualquier otra política o procedimiento; (2) ha cumplido con todas las pautas de salud y seguridad, incluido el uso de herramientas o equipos de acuerdo con las mejores prácticas para proteger la propiedad, los cultivos del empleador y de una manera que evite lesiones o daños; (3) ha tratado la propiedad de la empresa (herramientas, equipos, cultivos, accesorios, etc.), con cuidado y respeto, evitando daños o estándares de limpieza o mantenimiento inadecuados; (4) ha seguido de manera oportuna y constante las instrucciones debidamente comunicadas por supervisores, líderes de equipo y personal de administración; (5) ha cumplido con los estándares de control de calidad del empleador para garantizar un producto comercializable; (6) no llega tarde o se ausenta repetidamente, se ha presentado a trabajar a la hora y en el lugar indicados y ha permanecido en el trabajo durante las horas de trabajo acordadas, a menos que dicha ausencia haya sido excusada o el trabajador haya comunicado y buscado aprobación oportunamente para cualquier desviación de dicho horario; (7) ha cumplido consistentemente con las tareas asignadas, de la manera instruida, y no ha fingido deliberadamente ni ha actuado de manera recalcitrante (es decir, rehusándose sin causa a realizar ciertas tareas, rehusándose a seguir instrucciones, realizando el trabajo de manera descuidada o imprudente que represente un riesgo para los cultivos/productos del empleador, la propiedad de la empresa o la salud/seguridad de otros, etc.). Los trabajadores no estadounidenses pueden ser desplazados como resultado de que uno o más trabajadores estadounidenses estén disponibles para el trabajo durante el período de reclutamiento del empleador. Se considerará que el abandono del trabajo ocurre después de cinco días hábiles consecutivos de ausencias injustificadas. Los trabajadores no pueden presentarse a trabajar bajo la influencia del alcohol o las drogas. La posesión o el uso de drogas ilegales o alcohol en las instalaciones de la empresa está prohibido y será motivo de despido inmediato.

Requerimientos

Se requieren dos meses de experiencia en desmotadora de algodón. El trabajo puede ser al aire libre en condiciones climáticas adversas. Debe tener 18 años o más. Las pruebas de detección de drogas se realizan después de la contratación a cargo del empleador y no son parte del proceso de entrevista. Se requieren resultados negativos de la prueba de detección de drogas antes de comenzar a trabajar. Se requiere una licencia de conducir comercial estadounidense válida (CDL) o Licencia Federal de Conductor con frenos de aire y endosos dobles/triples para permitir la conducción de camiones. Debe tener y mantener un historial de conducción limpio. Debe cumplir con todos los requisitos aplicables de las regulaciones del USDOT. No debe tener factores descalificadores según la ley aplicable o la póliza de seguro de vehículos motorizados del empleador. Los factores descalificadores incluyen, entre otros: condena por conducir bajo la influencia del alcohol, conducir en estado de ebriedad o la ocurrencia de un accidente grave por culpa.

Contacto del empleador

+19126871542

[email protected]

https://www.dol.ga.gov

¿Sabías que... no necesitas pagar cuotas de reclutamiento?

De hecho, ¡son ilegales!

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