Trabajador agrícola, obrero
Farm Worker, Laborer
Employer
Unnumbered Road
Labelle, FL 33935
Estados Unidos
Acerca del empleo
El trabajador realizará las tareas laborales que le asigne el supervisor. Variarán de vez en cuando según las actividades laborales y el clima. El trabajo agrícola es temporal y durará de octubre a junio. Trabajo de campo: el empleado realizará varios trabajos de campo que incluyen, entre otros, los siguientes: Preparar los campos para la siembra: esto consistirá en instalar, reparar y restablecer la cubierta vegetal y el riego, plantar, desmalezar, recoger basura, quemar basura, manipular baldes de seguridad alimentaria y limpieza general, y otros trabajos diversos. Operación de equipos y vehículos: el trabajador puede necesitar conducir y/u operar varios equipos y vehículos agrícolas para realizar el trabajo en la granja, como, entre otros, camiones de campo, tractores, vehículos todo terreno y montacargas. Los trabajadores deben tener la licencia y la capacitación adecuadas para usar varios equipos y vehículos. Los trabajadores deben usar seguridad y precaución al usar equipos y vehículos agrícolas. El trabajador debe estar sentado y practicar la seguridad y la precaución. El trabajador debe esperar para salir del equipo y los vehículos agrícolas cuando se detengan por completo y bajarse del vehículo. El trabajador mantendrá el equipo y los vehículos agrícolas libres de basura. El primer día de trabajo, se le darán instrucciones específicas al trabajador sobre cómo realizar correctamente el trabajo especificado en la Sección de Descripción y Requisitos del Trabajo. Los trabajadores que no realicen el trabajo como se especifica, pueden ser despedidos. El empleador proporcionará las herramientas necesarias para realizar las tareas laborales descritas sin cargo para el trabajador. El empleador cobrará al trabajador los costos razonables relacionados con la negativa del trabajador o la falta negligente de devolver las herramientas o debido al daño o destrucción intencional de las herramientas por parte de dicho trabajador. Las siguientes oficinas serán notificadas por escrito si un trabajador es despedido de su trabajo: Agencia Estatal de la Fuerza Laboral, Centro Nacional de Procesamiento de Chicago y Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los EE. UU. El trabajador será disciplinado y/o despedido del trabajo si el trabajador: 1. Se niega a hacer el trabajo o intencionalmente no hace correctamente el trabajo para el cual fue contratado, sin una causa justa. 2. Se porta mal, comete actos graves o viola repetidamente las reglas laborales. 3. Amenaza, acosa o intimida a cualquier persona en el lugar de trabajo, el transporte o la vivienda del empleado. 4. abandona voluntariamente el trabajo con o sin previo aviso cinco (5) ausencias consecutivas injustificadas. 5. falsifica cualquier documento relacionado con el trabajo o es encontrado culpable de robo de identidad. 6. no pasa o se niega a tomar una prueba de drogas. Además, el trabajador puede ser despedido si el empleador encuentra un registro de antecedentes penales del empleador o si se descubre que el trabajador es un delincuente sexual registrado y representa una amenaza para la seguridad y las condiciones de vida de los demás trabajadores. Informe de inquietudes y quejas: cualquier inquietud o queja debe informarse verbalmente y por escrito al supervisor y/o al empleador para que se aborde y resuelva. Las quejas sobre intimidación y acoso se tomarán en serio y se investigarán a fondo. Habrá tolerancia cero para la intimidación y el acoso. Cualquier trabajador encontrado culpable de acoso sexual será despedido de inmediato.
Requerimientos
El trabajador debe ser responsable y constante en su trabajo. El trabajador debe ser capaz de levantar de 0 a 80 libras, hacer movimientos repetitivos, empujar y jalar mucho, caminar, agacharse con frecuencia durante todo el día y trabajar en todo tipo de condiciones climáticas.