Trabajador ganadero
Livestock Worker
Employer
118 Willie Fortenberry Rd
Bassfield, MS 39421
Estados Unidos
Acerca del empleo
Esta granja es una operación de engorde ligero. El ganado joven se compra y pasta en pasto de invierno para aumentar su peso antes de ser enviado a los corrales de engorde. El trabajo requiere cuidar al ganado en forma de alimentación, examen, etiquetado, procesamiento y pastoreo; ayudar en la administración de medicamentos; ayudar con las visitas al veterinario; labrar el pasto; operar varios equipos que incluyen, entre otros, tractores, cargadores frontales, segadoras, empacadoras y camiones con remolques de ganado de cuello de cisne conectados; realizar la reparación y el mantenimiento de equipos agrícolas y cercas; limpiar y dar servicio a los equipos con regularidad; rociar el ganado contra moscas y otras plagas; plantar y mantener el pasto de invierno. Los camiones agrícolas sin licencia de conducir comercial se cargarán según sea necesario y se conducirán en la granja y para transportar el ganado. Hay pocos días típicos y es posible que se requiera que los trabajadores cambien de funciones y/o ubicaciones con frecuencia y participen en varias funciones generales. Las tareas diarias pueden variar según el cultivo, el clima y las condiciones del campo. El empleador se reserva el derecho de aumentar el salario de los trabajadores o proporcionar bonificaciones en función de la antigüedad, el desempeño u otros factores que se basan únicamente en el criterio del empleador.
Requerimientos
Es posible que se realicen pruebas de detección de drogas al azar y verificaciones de antecedentes penales después de la contratación a cargo del empleador. Estas verificaciones se pueden realizar para garantizar viviendas y entornos de trabajo seguros para todos los trabajadores. Los resultados positivos de las pruebas de detección de drogas o la negativa a someterse a las pruebas pueden dar lugar a la terminación del empleo. Si el empleador descubre antecedentes penales o un estado de delincuente sexual registrado que el empleador cree razonablemente, de acuerdo con la ley actual, que perjudicará la seguridad y las condiciones de vida de otros trabajadores, el empleador puede despedir al trabajador (extranjero o nacional) con notificación a la OFLC y al DHS de conformidad con 20 CFR 655.122(n). El trabajo requerirá períodos en los que los trabajadores puedan estar expuestos a condiciones climáticas variables y agacharse o inclinarse.