Trabajador ganadero
Livestock Worker
Employer
118 Willie Fortenberry Rd
Bassfield, MS 39421
Estados Unidos
Acerca del empleo
Esta granja es una operación de engorde ligero. El ganado joven se compra y pasta en pasto de invierno para aumentar su peso antes de ser enviado a los corrales de engorde. El trabajo requiere atender al ganado, incluyendo la alimentación, el examen, el etiquetado, el procesamiento y el pastoreo; asistir en la administración de medicamentos; asistir en las visitas veterinarias; la labranza de pastos; operar diversos equipos, incluyendo, entre otros, tractores, cargadores frontales, segadoras, empacadoras y camiones con remolques de cuello de cisne para ganado; realizar la reparación y el mantenimiento de los equipos agrícolas y las cercas; limpiar y dar servicio regularmente a los equipos; fumigar el ganado contra moscas y otras plagas; y plantar y mantener el pasto de invierno. Se cargarán camiones agrícolas sin licencia de conducir comercial según sea necesario y se conducirán dentro de la granja y para transportar el ganado. Hay pocos días típicos y los trabajadores pueden tener que cambiar de tareas o ubicación con frecuencia para participar en diversas funciones generales. Las tareas diarias pueden variar según el cultivo, el clima y las condiciones del campo. El empleador se reserva el derecho de aumentar el salario de los trabajadores o otorgar bonificaciones en función de la antigüedad, el rendimiento u otros factores que se basan exclusivamente en la discreción del empleador.
Requerimientos
Se podrán realizar pruebas de drogas aleatorias y verificaciones de antecedentes penales después de la contratación, a cargo del empleador. Estas verificaciones se realizarán para garantizar la seguridad en el alojamiento y el entorno laboral de todos los trabajadores. Un resultado positivo en una prueba de drogas o la negativa a someterse a la misma puede resultar en el despido. Si el empleador descubre antecedentes penales o la condición de delincuente sexual registrado que, según la legislación vigente, pueda perjudicar la seguridad y las condiciones de vida de otros trabajadores, podrá despedir al trabajador (extranjero o nacional) notificándolo a la OFLC y al DHS, de conformidad con el Título 20 del Código de Reglamentos Federales (CFR), sección 655.122(n). El trabajo requerirá períodos en los que los trabajadores puedan estar expuestos a condiciones climáticas variables y a inclinarse o doblarse.