Trabajador forestal y de conservación
Forest And Conservation Worker
Employer
3998 Cookshill RD
CHEHALIS, WA 98532
Estados Unidos
Acerca del empleo
Anexo para la Sección Fa2: Deberes del puesto Realizar trabajos manuales que desarrollarán y protegerán áreas forestales designadas para la cosecha de madera comercial en el futuro. Cortar árboles no deseados y enfermos, rociar vegetación para eliminar maleza no deseada. Cortar/apilar maleza y cortar ramas de la madera comercial se realizará para fomentar el crecimiento de la madera. El trabajo se realizará en áreas que fueron taladas hace unos 20 años y se eliminará el crecimiento no deseado para que la madera en pie pueda madurar a un ritmo mayor. Cuando sea necesario, se cortarán ramas seleccionadas de los árboles restantes. Según sea necesario, la maleza se cortará, apilará y cubrirá para su correcta eliminación de la manera prescrita. Todo el corte, de árboles y maleza, se realizará con el uso de una motosierra. Se espera que los empleados mantengan la motosierra, afilen la cadena en el campo, mantengan los niveles correctos de fluidos y desarmen correctamente la motosierra para su limpieza. El peso combinado de la motosierra, el combustible y el aceite es de aproximadamente 14 kg y debe transportarse por terrenos difíciles con pendientes de entre el 20 % y el 40 %. En ocasiones, primero se rociará la maleza y luego los empleados regresarán para retirar la vegetación. El empleado debe demostrar que puede trabajar de manera segura y eficaz. Debido a los incendios forestales ocurridos en la zona en los últimos años, las empresas para las que trabajamos requieren la plantación de árboles en otoño, lo cual se sumará a nuestras actividades forestales.
Requerimientos
EL EMPLEADO DEBE ESTAR DISPONIBLE PARA TRABAJAR EN TODOS LOS CONDADOS NOMBRADOS Y COMPLETAR TODA LA TEMPORADA, CUMPLIR CON LOS ESTÁNDARES DE PRODUCCIÓN Y CALIDAD ESTABLECIDOS POR LOS PROPIETARIOS DE TIERRAS PARA NOSOTROS TRABAJAREMOS. FA5 AH, TRABAJO OCASIONAL LOS SÁBADOS, SE PAGARÁN HORAS EXTRA SI SE TRABAJA MÁS DE 40 HORAS EN LA SEMANA LABORAL (DOMINGO A SÁBADO) A LA TARIFA MÍNIMA DE HORAS EXTRA DEL CONDADO DONDE SE ESTÉ COMPLETANDO EL TRABAJO O EL MÍNIMO ESTATAL, EL QUE SEA MAYOR. SE NECESITA UN CURRÍCULUM QUE DEMUESTRE 3 MESES DE EXPERIENCIA AL MOMENTO DE LA ENTREVISTA. EL EMPLEADOR PROPORCIONARÁ LICENCIA POR ENFERMEDAD A LOS EMPLEADOS. EL EMPLEADO ACUMULARÁ LICENCIA POR ENFERMEDAD PAGADA A UNA TASA MÍNIMA DE 1 HORA POR CADA 40 HORAS TRABAJADAS. Los empleados tienen derecho a las vacaciones por enfermedad remuneradas acumuladas, que comienzan a contarse a partir del día 90 calendario después del inicio de su relación laboral, y dichas vacaciones se pagarán a la tarifa horaria habitual del empleado. Las vacaciones por enfermedad remuneradas no utilizadas, de 40 horas o menos, se transferirán al año siguiente para aquellos trabajadores que regresen a trabajar con el empleador. {I}SI ES NECESARIO, OTRAS DEDUCCIONES EXPRESAMENTE AUTORIZADAS O REQUERIDAS POR LA LEY ESTATAL O FEDERAL, ANTICIPOS EN EFECTIVO Y REEMBOLSO DE PRÉSTAMOS, REEMBOLSO DE PAGOS EN EXCESO DE SALARIOS AL TRABAJADOR, PAGO POR ARTÍCULOS QUE EL TRABAJADOR HAYA COMPRADO VOLUNTARIAMENTE AL EMPLEADOR, CARGOS DE TELÉFONOS DE LARGA DISTANCIA, RECUPERACIÓN DE CUALQUIER PÉRDIDA PARA EL EMPLEADOR DEBIDO A DAÑOS DEL TRABAJADOR (MÁS ALLÁ DEL DESGASTE NORMAL) Y CUALQUIER OTRA DEDUCCIÓN EXPRESAMENTE AUTORIZADA POR EL TRABAJADOR POR ESCRITO. EL EMPLEADOR DEDUCIRÁ UNA PARTE DE LA PRIMA DE COMPENSACIÓN LABORAL PARA EL PAGO DE LOS TRABAJADORES SEGÚN LO ESPECIFICADO EN LA LEY DE WASHINGTON EN RCW 514.51.140.