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Publicado el 08 Oct 2026

Operador de instalaciones de almacenamiento de granos

Grain Storage Facility Operator

$15.00  la hora
Tipo de visa: H-2A
Del 1 Dic 2026 al 1 Mar 2027

Employer

Ninguna reseña

1052 County Hwy 285
Bragg City, MO 63827
Estados Unidos

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Acerca del empleo

Recibir el grano en el elevador, preparar los comprobantes de pesaje, supervisar el cumplimiento de los estándares de humedad y calidad, y transferir el grano al lugar de almacenamiento adecuado. Enviar el grano desde el elevador según sea necesario y transferirlo de los silos de almacenamiento a los silos de los camiones antes del envío. Palear el grano para retirar el grano que no pueda ser retirado por el equipo de transporte automático. Realizar tareas de limpieza para garantizar que las áreas de almacenamiento se mantengan adecuadamente. Debe poder conducir vehículos agrícolas y operar tractores en el patio. Realizar mantenimiento y reparaciones menores diversas. Debe poder trepar a la pata vertical del elevador de grano. El empleador se reserva el derecho de aumentar el salario de los trabajadores o proporcionar bonificaciones en función de la antigüedad, el rendimiento u otros factores que se basan únicamente en la discreción del empleador.

Requerimientos

El puesto requiere tener o poder obtener una licencia de conducir dentro de los 30 días posteriores a la contratación. Se pueden realizar pruebas de detección de drogas aleatorias y verificaciones de antecedentes penales después de la contratación, a cargo del empleador. Estas verificaciones se pueden realizar para garantizar entornos de vivienda y trabajo seguros para todos los trabajadores. Un resultado positivo en la prueba de drogas o la negativa a someterse a ella puede resultar en la rescisión del contrato de trabajo. Si el empleador descubre antecedentes penales o la condición de delincuente sexual registrado que el empleador cree razonablemente, de acuerdo con la ley vigente, que afectará la seguridad y las condiciones de vida de otros trabajadores, el empleador puede rescindir el contrato del trabajador (extranjero y/o nacional) con notificación a la OFLC y al DHS de conformidad con 20 CFR 655.122(n).

Contacto del empleador

+15737176606

[email protected]

¿Sabías que... los trabajadores H-2A no tienen derecho a que se les pague por el trabajo de horas extra, o "tiempo y medio?"

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