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Publicado el 08 Oct 2026

Trabajador de elevador de granos

Grain Elevator Worker

$9.95  la hora
Tipo de visa: H-2A
Del 1 Dic 2026 al 1 Mar 2027

Employer

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6074 Hwy 3
Vance, MS 38964
Estados Unidos

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Acerca del empleo

El trabajo requiere recibir grano en el elevador, preparar los comprobantes de pesaje, supervisar el cumplimiento de los estándares de humedad y calidad, transferir el grano al lugar de almacenamiento adecuado, operar sinfines y otros equipos automatizados para el movimiento de grano, transferir el grano de los silos de almacenamiento a los silos de los camiones antes del envío, palear el grano que no puede ser retirado por el equipo de transporte automático y realizar tareas de limpieza para garantizar el correcto mantenimiento de las áreas de almacenamiento. El solicitante/empleado debe poder operar tractores en el patio de silos, realizar mantenimiento y reparaciones menores, poder subir a la pata vertical del elevador de grano y poseer, o poder obtener, una licencia de conducir. El empleador se reserva el derecho de aumentar el salario de los trabajadores o proporcionar bonificaciones en función de la antigüedad, el desempeño u otros factores que quedan a su entera discreción.

Requerimientos

Se requieren conocimientos básicos de lectoescritura. El solicitante/empleado debe poder levantar 75 libras. El solicitante debe tener, o poder obtener, una licencia de conducir. Se pueden realizar pruebas de detección de drogas aleatorias y verificaciones de antecedentes penales después de la contratación a cargo del empleador. Estas verificaciones pueden realizarse para garantizar entornos de vivienda y trabajo seguros para todos los trabajadores. Los resultados positivos de las pruebas de detección de drogas o la negativa a someterse a ellas pueden resultar en la terminación del empleo. Si el empleador descubre un antecedente penal o la condición de delincuente sexual registrado que el empleador cree razonablemente, de acuerdo con la ley vigente, que afectará la seguridad y las condiciones de vida de otros trabajadores, el empleador puede despedir al trabajador (extranjero y/o nacional) con notificación a OFLC y DHS de acuerdo con 20 CFR 655.122(n).

Contacto del empleador

+16623458544

[email protected]

¿Sabías que... el tiempo que pasas bajo instrucciones de tu jefe, si estás esperando órdenes o limpiando, es tiempo por el que se te debe pagar?

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