Trabajador agrícola
Farm Worker
Employer
18215 County Road G
Belmont, WI 53818
Estados Unidos
Acerca del empleo
Las responsabilidades laborales incluyen operar diversos equipos agrícolas para labrar la tierra, cosechar cultivos y transportarlos al área de almacenamiento. El equipo que los empleados operarán incluye tractores con diversos implementos acoplados, cosechadoras y remolques de grano. Camiones agrícolas sin licencia de conducir comercial (CDL) se cargarán con productos agrícolas y se conducirán dentro de la granja y a las instalaciones de almacenamiento. Las responsabilidades también incluyen trabajo manual como el mantenimiento de la maquinaria; engrasar la maquinaria cuando sea necesario; lubricar las cajas de engranajes; revisar el aceite; inspeccionar el equipo según sea necesario; y limpiar el equipo y los alrededores de la granja cuando sea necesario. Los empleados mantendrán las instalaciones de grano, barrerán los silos, los limpiarán, inspeccionarán las instalaciones de los silos al final de la temporada y realizarán el mantenimiento según sea necesario. Hay pocos días típicos y es posible que se les requiera a los trabajadores cambiar de tareas y/o ubicación con frecuencia y participar en diversas funciones generales. Las tareas diarias pueden variar según el cultivo, el clima y las condiciones del campo. El empleador se reserva el derecho de aumentar el salario de los trabajadores o proporcionar bonificaciones en función de la antigüedad, el desempeño u otros factores que se basan exclusivamente en la discreción del empleador.
Requerimientos
Los empleados deben poseer o poder obtener una licencia de conducir dentro de los 30 días posteriores a su contratación. Se requieren conocimientos básicos de inglés. Se pueden realizar verificaciones de antecedentes penales después de la contratación, a cargo del empleador. Estas verificaciones se pueden realizar para garantizar entornos de vivienda y trabajo seguros para todos los trabajadores. Si el empleador descubre antecedentes penales o la condición de delincuente sexual registrado que, según su criterio razonable y de conformidad con la ley vigente, pueda afectar la seguridad y las condiciones de vida de otros trabajadores, podrá rescindir el contrato del trabajador (extranjero o nacional) con notificación a la OFLC y al DHS, de acuerdo con 20 CFR 655.122(n).